Las actas constitutivas de empresas son pieza clave al momento de emprender a través de un negocio. Es recomendable elaborar estos documentos tras contar ya con un capital de inversión, un establecimiento para el negocio e, incluso, un plan integral para no iniciar el proyecto desde cero. Cuando se cuenta con lo anterior es un excelente momento para constituir de forma legal la nueva empresa y no tener inconveniente alguno con el SAT.
Se recomienda sacarle el mayor provecho a todas las convocatorias que ayudan a las pequeñas y medianas empresas. Además, los abogados fiscales expertos en la materia sugieren seguir los siguientes puntos.
Definir el tipo de empresa que se pretende constituir
Lo anterior se elige a partir de los fines de cada negocio, es decir, si el propósito del nuevo empresario es generar ganancias a través de la prestación de bienes o servicios se deberá crear una empresa lucrativa. Sin embargo, si el fin es brindar un servicio con fines sociales, la organización se constituirá como no lucrativa.
Además, dependiendo de los objetivos y la estructura de la empresa, de igual forma se deberá elegir un tipo de sociedad. Por ejemplo, si se cuenta con fines lucrativos puede elegirse una Sociedad Cooperativa o una Sociedad por Acciones Simplificadas. En caso de no querer lucrar, es posible elegir una Asociación Civil o una Sociedad Civil.
Elegir nombre o denominación social
Para el proceso de constituir una empresa, es requerido acudir con un notario público. Primeramente se solicitará el nombre o la denominación de la organización, por lo que se sugiere llevar dos o más. El notario se encargará de verificar con la Secretaría de Relaciones Exteriores si no existe otra empresa con el mismo nombre en nuestro país o en el extranjero.
Realización de actas constitutivas de empresas
Nuevamente, depende del tipo de organización y sociedad que se haya elegido, el profesional brindará una propuesta de acta constitutiva. Para ello se solicitará información muy específica como cuál es el giro de la empresa, quién se convertirá en el apoderado legal y qué clase de poderes administrativos, legales, etcétera, tendrá cada socio, entre otros datos.
En este punto es de suma importancia que se tenga de forma definida tal información, pues generalmente al estar ya constituida la organización, realizar un cambio en el acta resulta un proceso caro y complicado si no se cuenta con la asesoría correcta y especializada de parte de profesionales en materia fiscal.
Protocolo para el acta constitutiva
En algún momento se tiene que estar de acuerdo con la versión final de las actas constitutivas de empresas, cuando esto ocurra el notario citará al propietario y asociados para proceder a darle lectura al acta y firmar, posteriormente se entregará una copia certificada que podrá emplearse desde ese momento para realizar trámites, como abrir cuentas de banco por dar un ejemplo.
Registro ante el fisco
En la misma reunión con el notario, es posible llevar a cabo el alta ante el Servicio de Administración Tributaria. Se hará entrega de un documento con el que se podrá acudir al SAT para solicitar el Registro Federal de Contribuyentes y la firma electrónica, la cual es obligatoria para facturar.
Inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
Por ley se debe obtener el documento en que se corrobora que dio inicio el trámite de inscripción al Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Este documento es indispensable en caso de querer ser parte en alguna convocatoria del gobierno para PyMES.
Cabe mencionar que el trámite para constituir de forma legal una empresa puede tardar meses. Sin embargo, existe una alternativa para pequeños negocios que están iniciando su emprendimiento y cuentan con la facilidad de empezar su trámite vía internet. Éste se realiza sin costo y en poco tiempo, además es exclusivo para constituir empresas que son Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
Si deseas saber cómo podemos ayudarte desde la preparación de los estatutos sociales, la coordinación con Notarías Públicas y/o con Corredurías Públicas, para proceder posteriormente a la consecuente formalización del contrato social no dudes en contactarnos.