Cómo hacer una defensa fiscal es un tema que cobra interés conforme avanza el tiempo, sobre todo si es ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Si para algunos contribuyentes es difícil cumplir con las obligaciones fiscales ante el SAT, tener una disputa legal con este organismo sin duda puede ser un gran tormento.
Las cuestiones tributarias por las que los contribuyentes generalmente se inconforman y provocan confrontamientos legales entre ambas partes son: las negativas a devoluciones de impuestos y las imposiciones de créditos fiscales. Por estas razones, muchas personas deciden ir a juicio contra el SAT, procesos en los que este órgano de la Secretaría de Hacienda ha salido favorecida en más ocasiones que los contribuyentes, debido a que estos no contaron con un especialista que supiera cómo hacer una defensa fiscal.
En los últimos años el SAT, a través de reformas legales, implementación de tecnología, estandarización de procesos, vinculación informática y unificación de plataformas y padrones de contribuyentes con otras dependencias públicas y también con la profesionalización y capacitación de su personal ha logrado venir ganado aproximadamente más del 50 % de los juicios en los que ha estado involucrado. Con cifras del año anterior, según datos de portales web institucionales, esta institución obtuvo resoluciones favorables con sentencia definitiva en más de 11 mil juicios. Estas sentencias a favor resultaron equivalentes a más de 90 millones de pesos.
De lo anterior, tenemos que el SAT cuenta con variedad de recursos y estrategias de presión para presionar a los contribuyentes, en el cumplimiento de obligaciones fiscales y para lograr una mayor recaudación. En este entendido, si bien tales recursos y estrategias hoy en día son o buscan ser legales, las mismas en ocasiones son excesivas y, por tanto, en algunas ocasiones los contribuyentes se sienten acosados y perdidos ante el acoso del Fisco.
Por ello, si alguna empresa o persona desea tomar acciones legales contra el fisco, requiere contar con asesoría legal que lo oriente y le proponga estrategias que conlleven a una adecuada defensa fiscal, la cual estará basada en estrategias fiscales y pruebas contundentes, de no ser así, se encontraría ante un proceso de varios años y con pocas posibilidades de salir vencedor.
3 Procesos clave para defenderse del fisco
1. Recurso Administrativo de Revocación
Para los contribuyentes ésta es la primer opción para defenderse tras una resolución del fisco. Este recurso autoriza presentar pruebas a favor, e inclusive pruebas periciales en materia contable. Por ley, el recurso de revocación debe presentarse a partir del día hábil siguiente en que hayan efectuado la notificación de la resolución o el acto que se impugna, desde ahí se cuenta con 30 días hábiles para interponerlo.
Dicho recurso debe presentarse de forma obligatoria por medio del buzón tributario, con el uso de la firma electrónica avanzada (FIEL) y, en el caso de la autoridades locales de las Entidades Federativas (que en ocasiones ejercen funciones de autoridad fiscal federal) el Recurso de Revocación se puede presentar en forma física y escrita ante la Oficialía de Partes Común de la autoridad que corresponda. En el caso de la promoción de un Recurso de Revocación en forma electrónica ante el SAT, el contribuyente envía las pruebas para que el SAT las analice, siendo que en este caso el propio SAT será quien emita la resolución para confirmar, modificar o desechar la resolución.
Interponer el recurso administrativo de revocación es de suma importancia, dado que ayuda a conocer el criterio y argumentación de fondo de la autoridad fiscal revisora y también porque en esta instancia se pueden ofrecer pruebas y argumentos que no se hayan ofrecido y aportado durante el proceso de fiscalización o bien, que las mismas pueden ser aportadas en forma adicional.
Es importante señalar que para diseñar e implementar una defensa fiscal a través de la interposición de un Recurso Administrativo de Revocación, se debe conocer la situación de la auditoria o revisión practicada al contribuyente por el SAT, ya que así se puede determinar su pertinencia o no, también el asesor legal deberá conocer las reglas que en este medio de defensa se aplican y que emanan del Código Fiscal de la Federación.
La experiencia nos dice que las posibilidades de resultar favorecido tras el Recurso de Revocación son muy bajas, debido a que el propio SAT es juez y parte, no obstante, se aconseja interponer dicho medio de defensa para presentar la totalidad de las pruebas con las que cuenta el contribuyente. Los requisitos que se necesitan para presentar esta alternativa son los siguientes:
- Escrito de promoción
- Resolución o acto impugnado
- Constancia de notificación del acto impugnado
- Pruebas
- Escrito de anuncio de pruebas adicionales
- Documentación relacionada con el recurso de revocación
Cabe mencionar que el plazo con que el SAT cuenta para emitir resolución respecto del Recurso de Revocación es de 3 meses a partir de la fecha en que se hubiere promovido el mismo y, ello, bajo la premisa de que no hubiere mediado requerimiento de información de parte de la autoridad fiscal.
Transcurridos los 3 meses señalados sin obtener respuesta del SAT, se puede promover Juicio Contencioso Administrativo, por virtud de la Negativa Ficta que implica la falta de respuesta de la autoridad; asimismo en caso de que la respuesta resulte negativa y se notifique en forma expresa esta resolución al contribuyente, la siguiente alternativa para continuar una defensa fiscal consiste en tramitar de igual forma un Juicio Contencioso Administrativo.
2. Juicio Contencioso Administrativo
Ahora bien, si el contribuyente opta por no promover el Recurso de Revocación y decide ir directamente a promover Juicio Contencioso Administrativo se recomienda que el asesor legal y abogado fiscalista, verifique la defensa fiscal correspondiente, ya que el contribuyente tiene 30 días hábiles (que se computa al día siguiente de que se realiza la notificación de la resolución de crédito fiscal o de negativa de devolución de impuestos) para promover el juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
En esta instancia la sentencia podría cambiar, ya que el Tribunal interviene como un tercero. En la práctica, el Tribunal realiza una valoración diferente de las pruebas a como lo hacía el SAT. Por ello, aumenta la posibilidad de obtener resultados favorables, dado que existe imparcialidad por parte de los Magistrados, sin embargo, se debe tener cuidado al diseñar la estrategia de defensa fiscal.
El año anterior, el mismo Tribunal recibió más de 180 mil demandas. Cabe decir, que en el caso de ir a juicio, éste no dura más de 9 meses para su resolución si son ordinarios, en caso de ser juicios sumarios éste no dura más de 5 meses. Actualmente, este juicio puede llevarse a cabo a través de internet y por la vía sumaria, la cual establece plazos cortos para llegar a la resolución, estos plazos son aproximados y dependerá de si en el juicio se ofrece el desahogo de una prueba pericial contable como parte de la estrategia de defensa fiscal.
3. Juicio de Amparo
Éste es el último recurso o instancia con que cuentan los contribuyentes, este Juicio de Amparo se tramita como un Amparo Directo y se tramita ante los Tribunales Colegiados de Circuito que integran el Poder Judicial de la Federación; en efecto, en el caso se hace posible y procedente tramitar este medio de defensas cuando el contribuyente se encuentre en desacuerdo con la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
En caso de llegar a este punto es primordial el contar con un profesional que tenga conocimiento sobre cómo hacer una defensa fiscal, pues nuevamente se pondrán a valoración las pruebas que el inconforme ha ofrecido y otros argumentos y consideraciones que pudieran ser favorables al contribuyente y así revertir un resultado adverso. Además, el contribuyente deberá comparecer con una buena argumentación, pues necesita demostrar por qué no es procedente la resolución del SAT.