Las auditorías fiscales y procesos de fiscalización en donde trabaja un abogado fiscal, valga la redundancia, son cuestiones sobre las que se tienen muchas dudas por parte empresas y personas. En esta publicación explicaremos cómo el abogado fiscal puede brindar atención y asesoramiento en auditorías fiscales y preparar al contribuyente, y a las empresas u organizaciones para auditorías de este tipo, pues la mayoría de las compañías piensan que sus obligaciones fiscales se basan en declaraciones y el pago de impuestos.
El SAT ante revisiones fiscales
Tras efectuar estos pagos, se cree que la relación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha concluido, por lo que pasan desapercibidas otros asuntos. La situación real, es que dicha institución posee la facultad de revisar minuciosamente el cumplimiento de sus responsabilidades fiscales en el momento que lo desee a través de una auditoría fiscal.
Lo anterior es posible, debido a que nuestro país posee un sistema fiscal, en el cual las mismas personas físicas o morales, o sus representantes fiscales, son quienes definen la cantidad que se necesita pagar al fisco a partir de los ingresos que han declarado. Por lo cual, de forma aleatoria, el SAT, inspecciona que las cuentas presentadas sean correctas. Al igual, frecuenta hacer una verificación si identifica una discrepancia en los valores otorgados.
Es posible realizar esto por medio de un software, el cual está creado para reconocer ciertas irregularidades e inconsistencias en las declaraciones de los contribuyentes. En consecuencia, con esta herramienta el fisco obtiene un control más acertado sobre a qué empresa debe auditar y los motivos para ejecutar dicha acción. En gran parte de las situaciones, las irregularidades son errores de contabilidad o bien errores de interpretación de la norma jurídica fiscal, que no fueron detectados por las empresas y de las cuales se debió contar con la asesoría de un abogado fiscal.
Por lo tanto, la mejor forma de no ser elegido para una auditoría fiscal es revisar minuciosamente, junto con su área de contabilidad, que sus responsabilidades con el fisco sean las convenientes, es decir, que el recuento presentado sea preciso, y que las devoluciones que solicitadas sean amparadas y tengan soporte con las operaciones que se registraron en las facturas y contratos pertinentes.
Fuera de esto, otra causa por la cual el SAT puede hacer una auditoría es cuando un contribuyente recibió, por parte de un tercero, un reporte o denuncia acerca de alguna inconsistencia en sus declaraciones.
¿Cómo se realiza una auditoría?
Las auditorías que se llevan a cabo en nuestro país por parte del SAT pueden efectuarse dos maneras:
- Visita Domiciliaria: Consiste en una visita al domicilio fiscal del contribuyente
- Revisión de gabinete: Se le conoce así porque el SAT requiere que se acuda a sus oficinas con el fin de presentar la documentación debida para acreditar su desempeño fiscal.
Aquí es donde trabaja un abogado fiscal, pues es especialista en asesorar, atender estos procesos de auditorías a los que son sometidos los contribuyentes por parte del SAT. Estos profesionales se encargan de crear una defensa y estrategia fiscal adecuada para presentarse ante el fisco, el cual debe brindar en todos los casos un oficio donde exponga detalladamente los impuestos y los periodos que estarán en auditoría.
Además les deben otorgar una carta con los derechos que se tienen como contribuyente auditado. Entre estos derechos, el contribuyente necesita ser informado acerca de la causa por la cual fue elegido para auditoría, y también se le debe decir quién será la persona que realizará dicha acción. También es válido expresar cualquier observación sobre las cifras que el SAT identificó como irregularidades y esté utilizando contra el contribuyente.
Preparación ante la auditoría por parte del fisco
Normalmente, a las empresas y personas físicas que están registradas como contribuyentes les causa temor una auditoría por los mitos que existen alrededor de ella. No obstante, en un proceso auditable donde trabaja un abogado fiscal se obtendrá la preparación adecuada para resultar favorecido ante los dos tipos de auditorías ya mencionadas.
Una de las primeras acciones es actuar antes de que la auditoría dé comienzo, pues lo usual es que el SAT enviará una aviso por correo electrónico para regularizar los aspectos fiscales. Por lo que se deben tomar acciones si se está al tanto del error cometido ante el fisco, es posible remediar cualquier fallo para eludir el proceso de auditoría.
En caso de hacer caso omiso a este aviso o alerta, el SAT mandará un citatorio al domicilio del contribuyente, con el fin de pedir una revisión de gabinete u oficio. Las cuales, si no se cuenta con la asesoría pertinente, pueden ser procesos muy complejos. Esto debido a que las autoridades pueden solicitar documentos de años pasados, hasta cinco y diez años, para comprobar su desempeño fiscal.
Periodo de ejecución de la revisión fiscal
Ya en periodo de ejecución, la auditoría por parte del fisco, puede solicitar otros documentos, aparte de sus comprobantes fiscales. Estos documentos necesitan estar relacionados directamente con el cumplimiento de sus responsabilidades fiscales, por lo que donde trabaja el abogado fiscal resulta indispensable para su labor que el contribuyente le provea de la existencia de contratos con clientes y proveedores, además de estados de cuenta bancarios, soporte de nóminas, comprobantes y facturas de activos, cotizaciones, registros contables y demás documentación que den soporte en el ámbito contable y fiscal
Cabe aclarar que sólo son requeridos los documentos que pertenezcan al periodo que se está auditando. Si existe el caso en que el representante del fisco quiere analizar lapsos que sean previos a lo estipulado, es necesario que presente un escrito dentro de un acta parcial, en la cual informa acerca de los periodos previos a revisar.
Una auditoría fiscal tiene un plazo máximo de doce meses para concluir todo el proceso, pero no significa que siempre dure ese período. Al finalizar el proceso, ustedes tendrán 20 días para desvirtuar las observaciones finales de la autoridad, es decir, explicar por qué no son correcta las conclusiones, debiendo siempre revisar con el abogado fiscal si el plazo de respuesta y la forma de respuesta es aplicable para el caso de una visita domiciliaria o para una revisión de gabinete.
Al concluir el plazo, el SAT tendrá un periodo máximo de seis meses para notificarles su crédito fiscal, donde se incluirán multas, recargos y actualizaciones que se hayan generado por su incumplimiento o descartar cualquier pago si ustedes presentaron de manera adecuada su declaración.
Si no están de acuerdo con los resultados de la revisión fiscal, pueden utilizar el recurso de revocación, donde explicarán al SAT las inconformidades. Además, puede solicitar a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente que intervenga para tratar de llegar a un “Acuerdo Conclusivo”.